26Ago

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La tributación que la industria colombiana se sueña

La propuesta en materia tributaria planteada por los empresarios colombianos apuesta por contar con un sistema impositivo simplificado, con tarifas reducidas, generalizadas, transparentes y de fácil recaudación.

En la “Estrategia para una nueva industrialización”, presentada en la reciente asamblea de la Asociación Nacional de Empresarios (Andi), queda claro que la idea es “buscar un cambio estructural de la tributación, de tal forma que se garantice a los inversionistas, nacionales e internacionales, su estabilidad a largo plazo”.

Una de las consignas que el sector privado expone para que se modifique el sistema tributario es que “en materia impositiva, es importante que se vaya más allá de una meta de recaudo”.

Eliminar parafiscales

Los empresarios sostienen que la tributación simplificada deberá llegar en el largo plazo a una estructura basada exclusivamente en el impuesto a la renta, los aranceles y el impuesto sobre las ventas (IVA), aplicable a la generalidad de los contribuyentes.

Además, contemplan la eliminación de los impuestos territoriales y los aportes parafiscales de todo tipo, con mecanismos de liquidación, declaración y pagos simples que faciliten a todos los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Otra de las ideas es que la Nación recaudaría y fiscalizaría a través de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), fusionada con la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (Ugpp) y tendría la función de redistribuir los recursos mediante transferencias a los entes territoriales y a las entidades que administran la seguridad social, las cajas de compensación, el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena) y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf), así como a los demás entes que hoy administran recursos parafiscales.

En cuanto al control de pagos, este correspondería solamente a los entes públicos y en ningún caso a los contribuyentes o particulares. “Por ello debería eliminarse la retención en la fuente y cambiar esta por anticipos sobre los impuestos futuros”, se explica.

Finalmente, se plantea que el cruce de la información debería ser el mejor mecanismo de control de la evasión y el contrabando y se sugiere que para los pequeños contribuyentes debería establecerse el monotributo o impuesto único tributario.

Monotributo

Otro tema que vuelve a poner sobre la mesa el empresariado tiene que ver con la ampliación de la base gravable. “En Colombia, los contribuyentes son muy pocos y allí radica en buena parte el porqué nuestra presión tributaria definida como impuestos como porcentaje del Producto Interno Bruto (PIB) es tan baja, y simultáneamente hablamos de una tarifa efectiva de tributación superior al 70 por ciento”.

En las cuentas de la Andi, el país tiene una presión tributaria del orden del 18 por ciento, y los contribuyentes son solamente 2,14 millones, de los cuales 3.441 son grandes contribuyentes, que aportan el 68 por ciento del recaudo del impuesto de renta y patrimonio.

Se recomienda ampliar el universo de quienes estarían obligados a tributar, incluyendo un esquema de tarifas donde personas y empresas con menor capacidad de pago estén obligados a pagar una tarifa única similar al monotributo que existe en varios países y que agrupa los impuestos territoriales, el impuesto de renta y las contribuciones parafiscales y los aportes obligatorios a la seguridad social.

También se insinúa ampliar la base con mecanismos que permitan atraer más contribuyentes mejorando la información en medios magnéticos, implementando la factura electrónica y fortaleciendo las áreas de fiscalización de la Dian.

 

Menor impuesto de renta

La Andi considera necesaria una disminución sustancial de la tarifa de este tributo para las empresas, un mayor número de acuerdos para evitar la doble tributación y una mayor estabilidad y más claridad sobre lo deducible y lo no deducible, pues la mayor parte de los litigios que hoy se tienen con la Dian, nacen de la discusión sobre la necesidad, causalidad y proporcionalidad de los costos y gastos en los que incurre el contribuyente.

Ante la anunciada reforma tributaria estructural, que propondrá una comisión especializada, los empresarios colombianos señalan que es necesario definir qué sucederá con la vigencia de las Normas Internacionales de Información Financiera (Niif) para efectos tributarios, toda vez que hasta el año gravable 2018 (y 2019 para las empresas del grupo II), las remisiones tributarias a las normas contables se siguen rigiendo por el Decreto 2649 de 1993 (Reglamento general de contabilidad) y no por las Niif.

Por tanto, aconseja el sector industrial, “la definición de la base gravable en renta es indispensable, y para ello proponemos tomar lo mejor del estatuto tributario, el Decreto 2649 y las normas internacionales, eliminando todas aquellas que generan subjetividad como sucede con el valor razonable”.

Pero si el impuesto de renta causa preocupaciones, igual sucede con el impuesto al patrimonio que, en palabras de la Andi, “ha sido utilizado para financiar gastos extraordinarios. De ahí que siempre se haya propuesto como una medida transitoria”.

¿Sin ánimo de lucro?

En el caso particular de las Entidades sin Ánimo de Lucro (Esal) la industria dice que es necesario implementar cambios profundos, no sólo en su régimen tributario, sino en el régimen legal que le permite a dichas entidades clasificarse como tales.

Entre las iniciativas que se podrían intentar figuran la de fortalecer el control para el establecimiento y registro legal de las Esal en un órgano encargado exclusivamente de ello.

“Igualmente, sería conveniente que la Dian autorizara la aplicación del tratamiento tributario especial a las entidades que ya han sido calificadas como Esal. Esta estructura de dos niveles de control (uno para propósitos generales y otro para propósitos tributarios) tiene amplia acogida en el Derecho Comparado, incluso en jurisdicciones comparables como Perú y Chile”, señala el documento de Estrategia para una nueva industrialización.

Otro planteamiento para meter en cintura a estas entidades es que se mantenga como requisito, para la constitución o acceso al régimen tributario especial, la realización de actividades de interés general a las que pueda acceder la comunidad de forma tal que las Esal no continúen siendo utilizadas como mecanismos de elusión y evasión tributaria.

Cambios al IVA

En lo que tiene que ver con el IVA, la industria reitera sus proposiciones que consisten en la ampliación de la base tributaria, la reducción en la dispersión de tarifas y la eliminación del régimen simplificado.

Bajo esos parámetros, la Andi considera que se avanzaría hacia un sistema tributario más moderno, simplificado y transparente, y en la generalización del IVA se tendría el mecanismo más efectivo en el control de la evasión, no sólo en cuanto a este impuesto sino también en el impuesto de renta.

 

RAÚL ÁVILA FORERO

Docente Fac. Ciencias Económicas Universidad Nacional

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