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Blog 14 feb Cesantias

 

En dos semanas, Alberto Díaz espera que su patrono le consigne las cesantías correspondientes a 2016. Cuenta los días en el calendario y confía en que esos recursos le permitan ajustar la cuota inicial para la compra de una vivienda.

Para este mecánico industrial, el primer semestre de este año será clave para realizar uno de los sueños que tiene para él y su familia, y el 14 de febrero es crucial, pues ese día se vence el plazo para que la empresas en que trabaja consigne esta prestación social a sus empleados.

El año pasado, por este concepto, los cuatro fondos de cesantías privados (Porvenir, Protección, Colfondos y Old Mutual) y el Fondo Nacional de Ahorro (FNA) recaudaron 6,18 billones de pesos, según el reporte entregado por la Superintendencia Financiera.

A su turno, la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías (Asofondos) reveló que el año anterior, 1,1 billones de pesos de la recaudación que lograron los fondos privado fueron usados para la compra de vivienda, aspiración que tiene este año Alberto.

Según los datos del gremio, en los últimos seis años la destinación de las cesantías para adquirir un lugar de residencia, casi se ha duplicado, al pasar de 590.000 millones de pesos, en 2011, a 1,1 billones el año anterior (ver gráficos).

Para Santiago Montenegro Trujillo, presidente de Asofondos, lo más importante es mirar quiénes se han beneficiado. “La mayoría de los trabajadores que reciben esta prestación ganan menos de dos salarios mínimos. Estos recursos pueden ser un ahorro muy importante para conseguir una vivienda propia”.

Otras destinaciones

Pero el propósito de Alberto es apenas uno de los que permite el tener acceso a las cesantías.

Aunque en las más recientes cifras de empleo y desempleo del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) se señaló que a diciembre pasado 22,3 millones de colombianos estaban ocupados, solo 6,86 millones estaban afiliados a los cuatro fondos privados y alrededor de 1,39 millones al FNA.

En ese contexto, las empresas deberán consignarle cesantías a 8,26 millones de empleados.

Andrés Vásquez Restrepo, vicepresidente Comercial del Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir, recordó que el objetivo principal de las cesantías es amparar al afiliado en caso de quedar desempleado o cesante.

No obstante, añadió que la ley colombiana permite destinar este ahorro a temas relacionados con la educación del trabajador, la de sus hijos, la de su cónyuge o compañero permanente y, además de comprar vivienda, construirla o realizarle mejoras.

Ante ese escenario, Vásquez comentó que “es muy importante ser consciente, evaluar las oportunidades y proyectarse en el futuro. Tomar decisiones inteligentes respecto a sus finanzas personales le ayudará a no malgastar ni un peso y aprovecharlo en los momentos de inactividad laboral”.

Conseguir casa

Las cuentas de Alberto le muestran que con las cesantías que recibirá próximamente, ajustará un saldo de unos 20 millones de pesos, fruto de casi seis años de trabajo.

Contempla tomar un crédito, no muy alto, con el fondo de empleados de su empresa para completar la cuota inicial para un apartamento, cuyo costo total es de unos 120 millones de pesos.

Su gran temor radica en que quedará con dos obligaciones: una para responderle al fondo de empleados y otra con el banco que le financiará el crédito hipotecario. Por ahora, los números lo desvelan.

Desde la perspectiva de Vásquez, las cesantías de Alberto son recursos bien ahorrados, que le permitirán realizar un proyecto de vida.

“Las personas que ya cuenten con vivienda, pueden destinar estos recursos para realizar mejoras o adecuaciones en sus residencias, o para el pago de impuestos, como el predial o el de valorización”, añadió.

En todo caso, las cesantías pueden retirarse de manera parcial o total. Así que el consejo para Alberto es que antes de retirarlas, revise los proyectos que se ajusten a su presupuesto y, si es posible, deje una parte ahorrada en caso de quedar sin empleo (vea el video sobre cesantías en www.elcolombiano.com).

Sentido legal y social

Para Lina Estrada Hoyos, gerente de Negocios Institucionales de Protección, la temporada de cesantías no es solo una obligación legal. “El pago de esta prestación involucra una responsabilidad social, pues esta debe permitirle al trabajador cubrir sus necesidades económica, en caso de quedarse desempleado”.

Según las cifras del Dane, el desempleo al término de 2016 fue del 9,1 % y las estimaciones de Porvenir y Protección indican que un colombiano se demora entre seis y ocho meses para volver a conseguir un trabajo.

“¿Con cuánto debería un desempleado cubrir las necesidades económicas al quedar sin trabajo? Pues, por lo menos con el ahorro acumulado con los aportes de los últimos seis u ocho años”, afirmó Estrada.

El empleador, entretanto, debe saber que el monto de las cesantías equivale a un mes de salario por cada año trabajado o proporcional si el período es menor de 12 meses.

La consignación puede hacerse hasta el 14 de febrero. Si no se realiza el pago hay una sanción por mora de un día de salario por cada día de retraso, a favor del trabajador.

También deben reconocer a los trabajadores un interés de cesantías equivalente al 1 % mensual, es decir 12 % anual, el cual se liquida a 31 de diciembre de cada año. Esos intereses se debieron pagar a más tardar, ayer, 31 de enero, directamente al empleado.

El trámite

Para solicitar la autorización de retiro de cesantías, Alberto deberá solicitar autorización de retiro a la empresa a la que está vinculado, argumentando en su caso que comprará una vivienda.

Con la carta de la empresa certificando el destino de este dinero y la fotocopia de la cédula, debe acercarse a los puntos de servicio del fondo que administra esos recursos para realizar el trámite. Las administradoras también facilitan canales en la página de internet.

En todo caso, la idea es que como él, muchos colombianos tomen decisiones acertadas con información adecuada, para que puedan consolidar un ahorro.

Contexto de la noticia

Pese a tener un objetivo claro: amparar al afiliado en caso de quedarse desempleado; o para cubrir inversiones en educación, o comprar, construir o realizar mejoras a la vivienda, no es raro que la “malicia colombiana” aflore y se acuda a todo tipo de excusas para retirar el dinero de la cuenta individual en la que el empleador hace la consignación ante el fondo de cesantías.

Entre los casos más recurrentes se cuenta el de quien espera los recursos para pagar la “culebra” (deuda) que le quita el sueño. También surgen aquellos que deben pagar el viaje de las vacaciones pasadas o las que vienen; en estos tiempos de vanidad hacerse una cirugía plástica; comprar la moto que mejorará las condiciones de movilidad; ajustar la cuota inicial para estrenar carro; y hasta terminar de comprar útiles y libros escolares de los hijos, que recién empiezan clases.

El talón de Aquiles, cuando de cesantías se trata, es que el Decreto 2076 de 1967 dispone que el empleador sea el que vigile la destinación de los retiros parciales o totales de las cesantías en los casos permitidos, pero este se limita a exigir el documento probatorio, mas no tiene el deber legal de verificar su autenticidad. Así, el trabajador que le hace esguince a la norma, se queda en mero formalismo que la empresa le exija el certificado de Libertad y Tradición del inmueble, con fecha de expedición no mayor a sesenta (60) días; promesa de compraventa registrada y autenticada; certificado del crédito hipotecario actualizado con el saldo de la deuda y en que figure el afiliado, su cónyuge o ambos; fotocopia del recibo donde conste el valor a pagar del impuesto predial o de valorización; y el certificado de matrícula, en caso de retiros para estudio.

La apuesta es que las cesantías se mantengan como aliadas del trabajador, pues no solo constituyen un ahorro, sino también en un mecanismo de protección en momentos de dificultad laboral. El consejo en tiempos de incertidumbre como los de este arranque de 2017: ahorrar esos recursos.

Fuente: www.elcolombiano.com

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